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Accidentes de tráfico: He tenido un accidente, ¿qué hago?


Bufet Vall-lamora abogados barcelona accidente tráfico

Si has tenido un accidente de tráfico no dudes en consultar con Bufet Vall-Lamora cualquier duda. En esta entrada del blog hablamos sobre qué hacer si sufrimos un accidente.

He tenido un accidente de tráfico, ¿qué hago?

Con esta pregunta empezó mi entrevista en el programa de televisión “Donem la Veu”. Y si he de ser sincera, no supe muy bien qué responder.

Desde nuestra perspectiva de letrados parece tan sencillo lo que se debe hacer, incluso obvio, que cuando te plantean la cuestión pues realmente no sabes por dónde empezar. Y no nos damos cuenta de que se empieza por ahí, justamente al tener un accidente.

Normalmente el cliente acude a nuestros despachos profesionales cuando ha pasado algún tiempo desde que sufrió el accidente (normalmente cuando ya se ha recuperado un poco). Por ello no nos solemos hacer esta pregunta. Pero es importante.

Y es que aquí se mezclan aspectos médicos y legales. Por ejemplo, desde un punto de vista médico resulta evidente que lo que “hay que hacer” es curarse, o sea, procurar o requerir asistencia médico-sanitaria. Por otro lado, desde el punto de vista legal, y como punto de partida, hay que saber que cuando sucede un accidente de tráfico toda persona herida o lesionada a consecuencia del mismo tiene derecho a una asistencia sanitaria.

Esta asistencia médica está cubierta por las compañías de seguros (existen convenios entre ellas y los diferentes centros médicos, públicos o privados), no forma parte del sistema de sanidad pública. Es irrelevante que seas el causante o no del accidente. También es indiferente la condición que tengas: conductor, ocupante, peatón o incluso ciclista. Siempre que se produzca en el ámbito del tráfico rodado y hayas sufridos lesiones, tendrás derecho a ser asistido médicamente hasta que finalice el proceso curativo. Sólo comentar que fuera de esta área legal (ley de circulación de vehículos a motor), se aplicaría otra legislación y criterios legales distintos.

Así pues, lo primero que se debe hacer si se ha sufrido un accidente y existen lesiones, es solicitar asistencia médica. Si el accidente es lo suficientemente grave como para que haya acudido una ambulancia al lugar del siniestro, ésta os llevará al centro médico de urgencias más cercano o bien al que está designado por convenio (entre compañías).

Si has sufrido lesiones pero has podido desplazarte por tu cuenta, ya sea en el vehículo en que circulabas, ya sea a pie o en otro medio de transporte, deberás dirigirte a un centro médico o de urgencias y solicitar asistencia. Es importante que lo hagas cuanto antes, bien inmediatamente después del accidente, en el momento en que tengas disponibilidad (si te encuentras bien, claro) o bien en cuanto percibas algún síntoma, pues a veces ocurre que en el momento del accidente no aparece la sintomatología sino que ésta es posterior (dolores, insensibilidad en extremidades, dificultad de movimiento, hemorragias, etc).

Esta importancia de ir a un centro médico cuanto antes es dada tanto desde el punto de vista médico, pues es obvio que si padecemos dolores acudamos a un facultativo, como desde un punto de vista jurídico, ya que cuanto más tiempo transcurra entre el accidente y la asistencia médica, más complicado puede resultar la acreditación de lo que llamamos “nexo causal”, es decir, más complicado puede resultar probar que las lesiones aparecidas son

consecuencia directa del accidente, y, por tanto, más complicado poder reclamar alguna indemnización.

Hay que tener en cuenta que lo que se va a valorar (como pruebas) tanto por la compañía responsable como por un juez (si el tema llega al juzgado) son los documentos, así que los informes médicos son de especial trascendencia. Así que si hay dolor, molestias, etc no hay que tener miedo a “ser pesado” y pedir asistencia sanitaria cuantas veces sea necesario. A los abogados nos encanta que el cliente lesionado aporte mucha documentación médica, pues nos facilita el camino para realizar la reclamación.

También será muy importante recopilar datos sobre el accidente en sí, sobre todo si no ha intervenido la policía y no existe la posibilidad de hacer un parte amistoso. Habrá que saber por lo menos la matrícula del vehículo causante del accidente.

Otro tema importante es el burocrático. Si consigues realizar un parte amistoso de accidente, la ventaja es que queda constancia del mismo y de las partes implicadas, por ello es recomendable hacerlo siempre. Pero hay que tener mucho cuidado con lo que se deja reflejado, pues puede ser contraproducente con posterioridad. No hay que dejarse embaucar por la otra parte. Si hay discrepancias, no poco frecuente, se puede avisar a la guardia urbana para que acuda al lugar de los hechos y tome los datos relevantes.

A veces si el accidente es grave interviene la guardia urbana o policía “motu propio”, y realizan el atestado, donde hacen una referencia de los hechos (que realizan a través de interrogar a las personas implicadas, visionar los daños de los vehículos, posición de los mismos etc). Incluso a veces realizan sus propias conclusiones acerca de cómo sucedió. Lo importante para el tema de este post, es que quedarían los datos de las partes implicadas, las compañías, etc para poder saber contra quién se ha de dirigir la reclamación. No me refiero a personas físicas sino a las compañías.

Toda esta documentación será el apoyo legal para poder reclamar una vez haya terminado el proceso curativo. También hay que solicitar facturas de todos aquellos gastos derivados del accidente, como por ejemplo de medicamentos o reparación de objetos rotos.

Finalmente quiero recordar la importancia de contactar con un abogado especializado que se encargue de la tramitación completa del proceso como sería la comunicación a las compañías de seguros responsables, y en caso de discrepancias, presentación de la correspondiente demanda o denuncia. El plazo para reclamar es de un año.


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